Trabajo en Terreno: Resumen de noticias

Posted on 17:20 by Defensor Autonomo Mapuche

Primero: El Ministerio Publico, por medio del fiscal Cesar Schibar de la Fiscalia local de Collipullli, inicio una investigación por Amenazas Simples contra 3 comuneros, Marcelo Villanueva, Jose Curinao y Bernardita Nahuel, de la comunidad Coñoemil Epuleo de Ercilla a raíz de una reivindicación territorial ocurrida el día 28 de Junio 2009 en el fundo actualmente en manos del Sr. Bajer. Día en que exclusivamente se procedió a leer pacíficamente una carta a viva voz, en presencia tanto del actual ocupante como de Carabineros de la Prefectura de Ercilla, quienes acudieron a llamado de común acuerdo entre el ocupante y los comuneros para actuar como Ministros de Fe. Dicha carta tuvo por objeto informarle al ocupante que los comuneros reivindicarían el territorio ocupado por el Sr. Bajer y que continuarían exigijiendo dicho territorio ante organismos de Estado, como ya lo vienen haciendo ante CONADI.


Dicho acto fue tejí versado posteriormente transformándose en una denuncia por Amenazas Simples por parte del Sr. Bajer ante el Ministerio Publico.

Acto seguido el MP reunió diversas pruebas como:

1. Fotografías distintas al día en que la comunidad reivindicó el territorio; Fotografías de otros lugares distintos al fundo; Fotografías de corte de alambres igualmente de otros lugares y fundo, y en distintas fechas, etc.

2. Testimonios de Carabineros en contra de los comuneros en circunstancias que estos mismos en principio habían presenciado la lectura de la carta como Ministros de Fe, y por ende como garantes de lo que ese día se realizo. Además de otros testimonios de Carabineros que NO presenciaron la lectura de la carta, ni concurrieron al lugar.

Esta investigación finalmente se llevo a efecto ante el Juzgado de Garantía de Collipulli en causa RIT 749-2010 la que debió realizarse en 2 audiencias. En la primera audiencia, de fecha 29 de Marzo 2010, el fiscal Schibar solicitaba la suspensión condicional del procedimiento (salida alternativa de la reforma procesal penal), lo que implicaba un número importante de imposiciones tales como no ingresar al fundo, firma periódica mensual, asistir a un centro de capacitación, y señalar domicilio conocido, entre otros. Todas estas peticiones durante el lapso de un año, y que en el evento de el quebrantamiento de cualquiera de estas imposiciones, la salida alternativa quedaría sin efecto.

Ante lo cual, el abogado defensor del DAM, Sr. José Quirilao, rechazo de plano dicha imposicion de parte del fiscal, expresando además en audiencia que se suspendiera la misma en curso ya que en esta asumía el patrocinio de los 3 comuneros, accediendo finalmente por parte del Tribunal. Prueba de ello es que se celebro una segunda audiencia el día 28 de Abril 2010, en la que ahora el fiscal igualmente propone la misma salida alternativa, con la diferencia esta vez que solicita no ingresar al fundo que ocupa el Sr. Bajer y señalar domicilio, salida alternativa dialogada y aceptada por parte de los comuneros y el abogado defensor.

En conclusión, el Ministerio Publico ante la presencia de un defensor privado y no de un defensor de la Defensoria Publica , conjuntamente con la debilidad de las pruebas cambia su estrategia e impone menos exigencias a la salida alternativa.

Segundo: En la localidad de Río Bueno, la comunidad Mantilue dirigido por el Lonko Rodelio Torrechuica, el 26 de Octubre y 14 de Noviembre del año pasado, procedio a realizar la primera reivindicación pacifica en el fundo colindante Pisupisue de propiedad del Sr. Biwer, resultando detenidos alrededor de 25 comuneros entre niños y adultos. Cabe destacar que actualmente la comunidad Mantilue es rodeada por grandes latifundios de origen aleman, mientras que la comunidad Mantilue solamente cuenta con la superficie de 14 hectáreas , reivindicando alrededor de 300 ha . amparado en el territorio ancestral.

Dicha reivindicación igualmente fue denunciada ante el MP por el actual ocupante del predio, comenzando la Fiscalia a investigar por diversos delitos como usurpación violenta, violación de morada, daños a la propiedad privada y maltrata de obra a carabineros, entre otros involucrando finalmente a 18 comuneros.

Sin embargo los argumentos de la Fiscalia no fueron tan contundentes una vez presentados ante el Juzgado de Letras de Río Bueno. Prueba de ello es que el Ministerio Publico procedió a presentar un requerimiento por eventual responsabilidad en calidad de coautores ante el Tribunal de Garantía, iniciándose el denominado procedimiento monitoreo por los delitos de daños falta (procedimiento destinado a delitos que tienen como sanción una multa, en este caso de 11UTM para cada comunero) el cual fue notificado el día 24 de Abril 2010. Acto seguida el Lonko se contacta con el DAM, con lo que el abogado defensor del DAM debió desplazarse al Tribunal de Garantia de Rió Buena a fin de tomar conocimiento de la causa, asumir el patrocinio y solicitar copias de la causa.

Se hace presente que la defensa tiene el plazo de 15 días para contestar por escrito a contar de la fecha de la notificación el día 24 de Abril. Por su parte, el planteamiento de defensa de parte del Lonko y los comuneros requeridos es que el Lonko como autoridad tradicional se haga parte y represente a cada uno de los miembros de la comunidad, haciendo valer el Convenio 169 de la OIT , estrategia que esta siendo analizada por el abogado defensor.